martes, 29 de noviembre de 2011



Aspectos Financieros

   Los estados financieros, son informes que utilizan las instituciones para reportar la situación económica y financiera y los cambios que experimenta la misma a una fecha o periodo determinado. Esta información resulta útil para la Administración, gestores, reguladores y otros tipos de interesados como los accionistas, acreedores o propietarios.

  La mayoría de estos informes constituyen el producto final de la contabilidad y son elaborados de acuerdo a principios de contabilidad generalmente aceptados, normas contables o normas de información financiera. La contabilidad es llevada por contadores públicos que, en la mayoría de los países del mundo, deben registrarse en organismos de control públicos o privados para poder ejercer la profesión.

  Los estados financieros son las herramientas importantes con que cuentan las organizaciones para evaluar el estado en que se encuentran. El objetivo de los estados financieros es proveer información sobre el patrimonio del ente emisor a una fecha y su evolución económica y financiera en el período que abarcan, para facilitar la toma de decisiones económicas. Se considera que la información a ser brindada en los estados financieros debe referirse a los siguientes aspectos del ente emisor:
  • Su situación patrimonial a la fecha de dichos estados
  • Un resumen de las causas del resultado asignable a ese lapso;
  • La evolución de su patrimonio durante el período;
  • La evolución de su situación financiera por el mismo período,
  • Otros hechos que ayuden a evaluar los montos, momentos e incertidumbres de los futuros flujos de fondos que los inversores y acreedores recibirán del ente por distintos conceptos.
     
BALANCE GENERAL DE UN BANCO Y LAS DIFERENTES CUENTAS QUE CONFORMAN EL ACTIVO Y EL PASIVO DE LA INSTITUCIÓN.

A continuación detallamos las cuentas que componen el Balance General publicado en la página de la SUDEBAN:


A C T I V O

 DISPONIBILIDADES
 Efectivo
 Banco Central de Venezuela
 Bancos y otras instituciones financieras del país
 Bancos y corresponsales del exterior
 Oficina matriz y sucursales
 Efectos de cobro inmediato
 ( Provisión para disponibilidades)

 INVERSIONES EN TÍTULOS VALORES
 Colocaciones en el Banco Central de Venezuela y operaciones interbancarias
 Inversiones en títulos valores para negociar
 Inversiones en títulos valores disponibles para la venta
 Inversiones en títulos valores mantenidos hasta su vencimiento
 Inversiones de disponibilidad restringida
 Inversiones en otros títulos valores
 (Provisión para inversiones en títulos valores)

 CARTERA DE CRÉDITOS
 Créditos vigentes
 Créditos reestructurados
 Créditos vencidos
 Créditos en litigio
 (Provisión para cartera de créditos)

 INTERESES Y COMISIONES POR COBRAR
 Rendimientos por cobrar por disponibilidades
 Rendimientos por cobrar por inversiones en títulos valores
 Rendimientos por cobrar por cartera de créditos
 Comisiones por cobrar
 Rendimientos por cobrar por otras cuentas por cobrar
 (Provisión para rendimientos por cobrar y otros)

 INVERSIONES EN EMPRESAS FILIALES, AFILIADAS Y SUCURSALES 
 Inversiones en empresas filiales y afiliadas
 Inversiones en sucursales 
 (Provisión para inversiones en empresas filiales, afiliadas y sucursales )

 BIENES REALIZABLES

 BIENES DE USO

 OTROS ACTIVOS



 P A S I V O   

 CAPTACIONES DEL PÚBLICO
 Depósitos en cuentas corrientes
 Cuentas corrientes no remuneradas
 Cuentas corrientes remuneradas
 Otras obligaciones a la vista
 Obligaciones por operaciones de mesa de dinero
 Depósitos de ahorro
 Depósitos a plazo
 Títulos valores emitidos por la institución
 Captaciones del público restringidas
 Derechos y participaciones sobre títulos valores

 OBLIGACIONES CON EL BCV

 CAPTACIONES Y OBLIGACIONES CON EL BANAP

 OTROS FINANCIAMIENTOS OBTENIDOS
 Obligaciones con instituciones financieras del país hasta un año
 Obligaciones con instituciones financieras del país a más de un año
 Obligaciones con instituciones financieras del exterior hasta un año
 Obligaciones con instituciones financieras del exterior a más de un año
 Obligaciones por otros financiamientos hasta un año
 Obligaciones por otros financiamientos a más de un año

 OTRAS OBLIGACIONES POR INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

 INTERESES Y COMISIONES POR PAGAR
 Gastos por pagar por captaciones del público
 Gastos por pagar por obligaciones con el BCV
 Gastos por pagar por captaciones y obligaciones con el BANAP
 Gastos por pagar por otros financiamientos obtenidos
 Gastos por pagar por otras obligaciones por intermediación financiera
 Gastos por pagar por obligaciones convertibles en capital
 Gastos por pagar por obligaciones subordinadas

 ACUMULACIONES Y OTROS PASIVOS

 OBLIGACIONES SUBORDINADAS

 OBLIGACIONES CONVERTIBLES EN CAPITAL



ESTADO DE RESULTADOS

Documento contable que muestra el resultado de las operaciones (utilidad, pérdida remanente y excedente) de una entidad durante un periodo determinado.

Presenta la situación financiera de una empresa a una fecha determinada, tomando como parámetro los ingresos y gastos efectuados; proporciona la utilidad neta de la empresa. Generalmente acompaña a la hoja del Balance General.

Estado que muestra la diferencia entre el total de los ingresos en sus diferentes modalidades; venta de bienes, servicios, cuotas y aportaciones y los egresos representados por costos de ventas, costo de servicios, prestaciones y otros gastos y productos  en un periodo determinado.

Elementos que integran el estado de resultados: ingresos, egresos, costos y gastos.

 Modelo


ESTADO DE RESULTADOS (Esquema)
Ingresos  Financieros 

Gastos  Financieros
Margen Financiero Bruto


Margen de  Intermediación Financiera


Gastos de Transformación




















domingo, 27 de noviembre de 2011

El Sistema Financiero en Venezuela  

Es el conjunto de organizaciones o instituciones que se encargan de realizar transacciones financieras con dinero, bonos, acciones, opciones u otro tipo de herramienta financiera. Dichas organizaciones se encargan de actuar como intermediarias entre las diferentes personas y organizaciones que realizan estos movimientos, negocios o transacciones.


Funciones

Las instituciones del sistema financiero, al ser intermediarias, median entre las personas u organizaciones con recursos disponibles y aquellas que necesitan y solicitan estos recursos. De esta forma, cumplen con dos funciones fundamentales: la captación y la colocación. 



Instituciones Financieras

Se encargan de actuar como intermediarias entre las personas que tienen recursos disponibles y las que solicitan esos recursos. Hay diferentes tipos de intermediarios financieros, dependiendo de la actividad que se vaya a llevar a cabo: existen los inversionistas institucionales como las compañías de seguros, los fondos de pensiones o los fondos mutuos; los intermediarios de inversión, que son instituciones que atraen dinero u otro tipo de recursos de pequeños inversionistas y los invierten en acciones o bonos formando portafolios de inversión y, finalmente, las instituciones de depósito, de las cuales los bancos son el tipo más conocido.



Instituciones bancarias

Es el conjunto de entidades o instituciones financieras, que dentro de una economía determinada, prestan el servicio de banco, el cual es la intermediación financiero.



Instituciones no bancarias

Lo conforman las instituciones que capta recursos del público y cuya especialidad consiste en facilitar las colocaciones de primeras emisiones de valores, operar con valores mobiliarios y brindar asesoría de carácter financiero. 



 Instrumentos financieros

Un instrumento financiero o producto financiero puede ser efectivo, el derecho de propiedad en una entidad, o un derecho contractual de recibir o entregar, efectivo u otro instrumento financiero. 

Existen diferentes instrumentos de financiación bancarios y no bancarios, que canalizar el ahorro hacia la inversión y facilitan el acceso de la empresa a recursos financieros necesarios para el desarrollo de proyectos de inversión.



Por el carácter emisor

Letras del tesoro, certificados de depósitos, papeles comerciales, repos.


           Operaciones Activas

   Son aquellas donde el banco coloca dinero en circulación para generar más dinero mediante créditos que otorga a las personas o empresas que lo requieran. Como resultados de estos créditos que otorga el banco, se generan intereses o comisiones que deben pagar los solicitantes del crédito.


Documentos que lo Integran 

   La documentación tiende a variar, en función de si la solicitud la realiza una empresa o un particular. Por lo general el banco necesita la identificación de la persona natural o jurídica, escrituras de constitución y de poderes si fuese necesario, esto es de los titulares que vana firmar la solicitud de la operación, registros donde aparecen importes impagados de letras de cambio, pagarés, cheques y otros documentos comerciales.
  La entidad requiere, además documentos oficiales que demuestren la capacidad de ingresos, últimas declaraciones de la renta, de IVA, últimas nóminas; para el caso de sociedades, estados contables oficiales, balance y cuneta de resultados, impuesto sociedades, a partir de esta información será capaz de deducir la generación de recursos del solicitante para poder hacer frente a la devolución del principal y calcular la cuantía máxima de endeudamiento.

Clasificación de los Créditos

  El crédito bancario es la operación activa por excelencia, y se puede clasificar  de la siguiente manera: 

Según el Sujeto

- Público: Cuando se otorga a entidades oficiales como ministerios, institutos autónomos, empresas del estado, ejecutivos estadales, consejos municipales.
-  Privado: Cuando se concede a personas jurídicas, privadas o personas naturales.

Según el Destino 
- Crédito a la producción, la comercialización, y a las actividades agropecuarias forestales y pesca.
- Crédito al Consumo 

Según el plazo
- Crédito a corto plazo, hasta 2 años
- Crédito a mediano plazo, de 2 a 5 años
- Crédito a largo plazo, mas de 5 años


Según la Garantía
- Crédito prendario o pignoraticio: Cuando se dan en garantía bienes muebles, títulos valores o semovientes.
- Crédito Hipotecario: Cuando la garantía esta presentada por un inmueble
- Crédito Quirografario: Cuando la garantía, a diferencia de los casos anteriores, no es real, sino basada en la confianza que se da al prestatario o a un fiador cuando se exige fianza solidaria de un tercero


Tipos de los Créditos Bancarios

Créditos Comerciales

 Son aquellos créditos directos o indirectos otorgados a personas naturales o jurídicas destinados al financiamiento de la producción y comercialización de bienes y servicios en sus diferentes fases.

Créditos a las Micro Empresas

  Créditos directos o indirectos otorgados a personas jurídicas destinados al financiamiento de actividades de producción, comercialeizacion o prestación de servicios.

Créditos de Consumo

  Son aquellos créditos que se otorgan a personas naturales con la finalidad de atender el pago de bienes, servicios o gastos relacionados con una actividad empresarial

Créditos Hipotecarios para Viviendas

   Son las líneas de créditos destinados a personas naturales para la adquisición, construcción, refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento y subdivisión de vivienda propia, tales créditos se otorgan amparados por hipotecas.



Políticas de los Créditos
    Constituyen un marco regulatorio que confiere uniformidad y coherencia a las decisiones que se toman en una institución bancaria; las mismas deben ser definidas por la máxima autoridad de la institución bancaria, es decir por la junta administrativa.

Componentes de las Política 
  
      Factores endógenos o internos al banco
      Factores exógenos o externos al banco
      Los mercados que atiendan al banco
El tamaño del banco


           Operaciones Pasivas

           Son las colocaciones que recibe la banca del público o del gobierno y que consisten en depósitos de cuenta corriente, de ahorro o a plazo. De igual manera son operaciones pasivas las operaciones emitidas por la banca y las instituciones financieras en forma de certificados de ahorro, bonos y otros títulos de valores negociables, con la finalidad de captar fondos para otorgar préstamos a sus clientes.

          En otras palabras, son aquellos fondos depositados directamente por la clientela, de los cuales el banco puede disponer para la realización de sus operaciones de activo.


Depositante

            Es la persona natural o jurídica que invierte una cantidad de dinero o lo que igual, entrega al depositario, quien asume la obligación de guardarla y restituirla. Al ser un depósito un contrato real, no se requiere una capacidad especial en el depositante.

Depositario

            El contrato de depósito es un contrato mediante el cual el depositante cede la posesión de una cosa al depositario para que se encargue de custodiarla, debiendo éste restituirla cuando el depositante la reclame.

Importancia de los Depósitos para los Bancos

        La captación de pasivos, es de gran importancia para toda institución bancaria; ya que para que un banco pueda desarrollarse, es necesario que adquiera depósitos, porque sin esto sería imposible crear una reserva suficiente que le ayude a colocar estos fondos en préstamos e inversiones que le generen dividendos y que le permitan hacer frente a las demandas de retiro de dinero en efectivo, solicitado por sus clientes.

     En las operaciones pasivas los depósitos constituyen la operación principal de entrada de dinero en la banca y se pueden clasificar en la forma siguiente: 

Depósitos a la vista
      
      Se conocen también como depósito en cuenta corriente y su característica especial radica en que los fondos depositados en ellas se movilizan por medio de cheques. 


Depósitos de Ahorro

      Igualmente son depósitos a la vista, pero no son movilizados por cheques. Requieren de una libreta especialmente diseñada en donde se registran los depósitos, los retiros, los intereses devengados y cualquier otra operación que se haya solicitado. 
Depósitos a Plazos

      Son colocaciones con montos mínimos a un plazo no menor de 30 días. Se documentan por certificados negociables o no y sus características principales las dejaremos descritas al referimos a los instrumentos negociables.

Por el carácter emisor

      Letras del tesoro, certificados de depósitos, papeles comerciales, repos.


Por la naturaleza del instrumento

     Bonos, Bonos gubernamentales, bonos corporativos, cedulas hipotecarias, acciones comunes, acciones preferidas, ADR, contratos a futuro, SWAPS.

            Es importante destacar, que esta captación de fondos no son físicamente mantenidos, porque los bancos deben mantener el encaje legal, el cual es un porcentaje de dichas captaciones y deben mantenerse como reservas depositadas en una cuenta en el Banco Central de Venezuela.

            Finalmente, los bancos si quieren tener mayor liquidez deben ofrecer productos y servicios atractivos al público, entre éstos se destacan lasa tasas pasivas y activas, la facilidad de hacer sus operaciones y lo mas importante es el surgimiento en las operaciones de tecnología.


Estructura Bancaria en Venezuela

Sistema Bancario

       Es el conjunto de instituciones que permiten el desarrollo de todas aquellas transacciones entre personas, empresas y organizaciones que impliquen el uso de dinero; se clasifican en públicas y privadas. 



Estructura

         En Venezuela, el sistema bancario se compone de manera jerárquica:
-       La parte superior va encabezada por el ejecutivo nacional, Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas,  Banco Central de Venezuela, Comisión Nacional de Valores, Superintendencia de Bancos, Fondo de Garantías de Depósitos y Otras Instituciones Financieras.



Cambios recientes en el Marco Jurídico

   Se realizaron modificaciones recientes en la ley de instituciones del sector bancario en gaceta oficial N° 39.627 del 02 marzo de 2011 Decreto N° 8.079 de 01 de marzo Las principales modificaciones corresponde a la incorporacion de tres artículos entre ellos el artículo 195, artículo 196 y el artículo 197,  a su vez  modificaron el  artículo 213, que  pasa a ser el artículo 216 y el articulo 225, que pasa a ser el artículo 228 reflejado de la siguiente manera:

Artículo 195
Fraudes documentales 
Quien forje,  adultere o emita documentos de cualquier naturaleza o utilice datos falsos, con el propósito de cometer u ocultar fraudes en cualesquiera  de las personas sometidas al control de la Superintendencia de instituciones del Sector Bancario, será castigado con prisión de nueve a once años. 

Artículo 196
Responsabilidad en el fideicomiso 
Las personas naturales que señala el artículo 186 de la presente Ley, de las Instituciones sometidas el control de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, que en perjuicio del fideicomitente o beneficiario, le dieren al fondo fiduciario a su cargo una aplicación diferente a la destinada, serán penados con prisión de ocho a diez años.  


Artículo 197
Apropiación de Información de los clientes
Quien a través de la manipulación informática o mecanismo similar, se apodere o altere documentos, cartas, mensajes de correo electrónico o cualquier otro documento o efecto personal remitido por un banco, institución financiera o casa de cambio, a un cliente o usuario de dicho ente, será penado con prisión de ocho a diez años.

Artículo 216
Apropiación o distracción de recursos Información falsa para realizar operaciones bancarias
Las personas naturales señaladas en el artículo 186 de la presente Ley, que se apropien o distraigan en provecho propio o de un tercero los recursos de las Instituciones del Sector Bancario regulados por la presente Ley, cuyo depósito, recaudación, administración o custodia tengan por razón de su cargo o funciones, serán penados con prisión de diez (10) a quince (15) años, y con multa igual al cien por ciento (100%) del monto total de lo apropiado o distraído. Con la misma pena será sancionado el tercero que haya obtenido el provecho con ocasión de la acción ilícita descrita en la presente norma.

Artículo 228
Difusión de información falsa
Las personas naturales, actuando por si mismas, o en nombre de una persona jurídica, que utilizando los medios de comunicación social, difundan noticias falsas, tendenciosas, o no confirmadas en fuente oficial competente por la materia o empleen otros medios, que puedan afectar o causar distorsiones en una institución del sector bancario o afectar las condiciones económicas del país, serán penados con prisión de nueve a once años.

Bancos Comerciales
            Son los únicos que pueden realizar todas las actividades propias a ésta en tanto no les sean prohibidas.
Bancos de Inversión

            Son aquellos especializados en obtener, para las empresas privadas y los gobiernos, el dinero o los instrumentos financieros necesarios para realizar determinada inversión, mediante la emisión y venta de valores en los mercados de capitales.

Bancos Hipotecarios

            Similar al de ahorro y préstamo, que toma fondos de pequeños ahorristas y otorga a éstos, bajo condiciones determinadas, préstamo a largo plazo para la construcción, adquisición o refacción de sus viviendas. Tales préstamos quedan garantizados por las hipotecas que los bancos adquieren sobre los bienes inmobiliarios de los prestatarios.

Grado de Concentración Bancaria

            Es aquella que estudia, el hecho de que los bancos son agentes que reaccionan óptimamente ante su entorno, es decir es aquella prporción del mercado controlada por cada tipo de institución bancaria, o por cada banco en particular

Organismos de Supervisión y sus Funciones 

Los organismos de control bancario y financiero en Venezuela son:

·        Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN):

      Según la Ley de Instituciones de Sector Bancario, la Superintendencia de Bancos debe ejercer  inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de los Bancos Universales, Comerciales, con Leyes Especiales, de Inversión, Hipotecarios, Sociedades de Capitalización, Casas de Cambio, Almacenes Generales de Depósito, Oficinas de Representación de Bancos Extranjeros, Arrendadoras Financieras, Fondos de Activos Líquidos y Entidades de Ahorro y Préstamo, con el objetivo de determinar la correcta realización de sus actividades a fin de evitar crisis bancarias y permitir el sano y eficiente funcionamiento del Sistema Financiero venezolano. 



El Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE)
           
            El seguir de depósito bancario es una garantía para el depositante de un banco, en el sentido de que aunque un banco o algún banco o algún otro instituto de crédito haya tenido pérdida derivados de sus operaciones activas, los depositantes podrán recuperar sus fondos.

Consejo  Bancario Nacional (CBN): 

-       Estudiar las condiciones bancarias y económicas del país y enviar informes con sus conclusiones y recomendaciones a la Superintendencia de Bancos y al Banco Central de Venezuela Responder las consultas que le hagan la Superintendencia de Bancos y el Banco Central de Venezuela-       Identificar y recopilar las costumbres mercantiles bancarias, bien que sean estas de carácter nacional, regional o local, a los fines establecidos en el artículo 9 del Código de Comercio Estudiar, coordinar y mejorar las prácticas bancarias y velar pos su observancia y uniformidad a los fines de que se brinde un servicio óptimo al usuario del sistema bancario nacional   Estudiar, para su cabal ejecución, las disposiciones y medidas que dicten el Ejecutivo Nacional, la Superintendencia de Bancos y el Banco Central de Venezuela.
-       Establecer las pautas que debe aplicar el sector bancario en materia de cobro de servicios al cliente, a los fines de que se guarde una proporción adecuada entre los costos operativos de la banca y las tarifas cobradas a los clientes, sin perjuicio de lo que establezca el Banco Central de Venezuela.
-        Aprobar el régimen de aportes patrimoniales que sus miembros deberán pagar para el sostenimiento económico y operativo del Consejo, el cual no podrá exceder el 0,05% del patrimonio de cada miembro al cierre de cada ejercicio anual Informar a la Superintendencia de Bancos los casos de desacato o desatención por parte de sus miembros a las prácticas bancarias identificadas y mejoradas por el Consejo, a los fines de que ésta pueda imponer los correctivos correspondientes Cuando así se le solicitare, ejercer función conciliadora en las disputas que surjan entre las instituciones que lo integran Dictar su Estatuto.



Marco Regulatorio Vigente
Gaceta Oficial N° 6.015 Extraordinario del 28 de diciembre de 2010

Se encuentran vigente los siguientes artículos:
- Articulo 8                                                 
Servicio Público                                           

- Articulo 11                                               
Banco Universal                                            

- Articulo 12                                                 
Banco Micro financiero                                 

- Articulo 13                                                
Casa de Cambio 
                                                                                                          
- Articulo 14                                                  
Operador cambiario fronterizo

- Articulo 15
Otras instituciones no bancarias  

-Articulo 19
Impedimentos para ser organizador 

- Articulo 34
Obligación de Informar las designaciones 

-Articulo 38
 Prohibición de participación de otras instituciones del sistema financiero nacional en el capital social de las instituciones bancarias.

- Articulo 47
Creación del fondo social para contingencia 

- Articulo 48                                                  
Aporte Social

- Articulo 153
Superintendencia de las instituciones del sector bancario

                                              
-Articulo 154
Objeto de la Superintendencia  de las instituciones del sector bancario

                                                                 
- Articulo 177
Facultad de Inspección

Ley de Instituciones del Sector Bancario
(Gaceta Oficial N° 6015 Extraordinario del 28 de diciembre de 2010)

            Consiste en garantizar el funcionamiento de un sector bancario sólido, transparente, confiable y sustentable, que contribuya al desarrollo económico-social nacional, que proteja el derecho a la población venezolana a disfrutar de los servicios bancarios y que establezca los canales de participación ciudadana; en el marco de la cooperación de las instituciones bancarias y en observancia a los procesos de transformación socio económicos que promueve la República Bolivariana de Venezuela.

viernes, 4 de noviembre de 2011

Evolucion Historica de la Banca en Venezuela

Actividad Independiente
            La Banca tuvo sus orígenes en Babilonia en el siglo XVIII a.C. mediante prestamos que eran realizados por los sacerdotes del templo de los comerciantes. Los Bancos mas importantes eran los templos.


Objeto del Negocio Financiero 
    
El objeto de los negocios financieros es la intermediación que consiste en la captación de recursos, para ello utilizan las operciones de mesa de dinero, esto con la intención de otorgar créditos e invertir en valores, estas instituciones, bancos y entidades de ahorro y préstamo para realizar dichas intermediaciones deben mantener un índice de liquidez y solvencia estipulado por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras.



Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN)
    Es un organismo autónomo, de carácter técnico y especializado, con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional que tiene como función principal supervisar, controlar y vigilar las instituciones financieras regidas por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, con el objeto de determinar la correcta realización de sus actividades a fin de evitar crisis bancarias y permitir el sano y eficiente funcionamiento del Sistema Financiero Venezolano.
Mejoramiento y Fusión de la Banca
   Proceso de fusión entre los bancos del estrato grande y mediano de la banca venezolana, de 123 instituciones bancarias que existían en 1996 pasaron a funcionar 58 en 2006, en donde destaca 38 procesos de funciones. Fue cuando se realizo las fusiones de algunos bancos.



El Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE)
            El depósito bancario es una garantía para el depositante de un banco, en el sentido de que aunque un banco a algún otro instituto de crédito haya tenido perdida derivados de sus operaciones activas, los depositantes podrán recuperar sus fondos.